Trabajar en Portugal

Nota previa: Las explicaciones que se presentan a continuación no sustituyen la consulta de la legislación vigente y no se aplican a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

El marco legal de la inmigración en Portugal está definido en el Decreto-Ley 34/2003, regulado por el Decreto Reglamentario Nº 6 / 2004, del 26 de abril, que pueden ser consultados aquí. El empleo de extranjeros en Portugal, está regularizado en estos dos textos, así como en la resolución del Consejo de Ministros N º 51/2004 del 13 de abril, que determina las necesidades de mano de obra por rama de actividad.

TENGA EN CUENTA:
El viaje a Portugal con la intención de trabajar sin el imprescindible permiso de trabajo, es contrario a la ley portuguesa y genera la prohibición de la entrada al país, con todos los inconvenientes que ello implica. Se recomienda encarecidamente, pues, que este tipo de situaciones ilegales sean evitadas a toda costa, incluso a pesar de cualquier consejo que usted pueda recibir de parte de conocidos o amigos en Portugal.

¿Cómo hacer?

  1. Obtener una visa de trabajo
    Ningún extranjero puede ir a Portugal con la intención de trabajar sin tener en su poder el visado de trabajo necesario;


  2. Cómo obtener una visa de trabajo
    Los permisos de trabajo se obtienen de los consulados de Portugal.
    Documentos necesarios para la solicitud de visa de trabajo
    • Contrato de trabajo visado por el Ministerio del Trabajo de Portugal y recibo del IEFP "Instituto de Emprego e Formação Profissional", con Nº atribuido al proceso.
    • Pasaporte y Cédula de Identidad válida (más de 6 meses).
    • Carta de presentación.
    • Comprobante de las condiciones de alojamiento.
    • Certificado de Buena Conducta legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (en caso de haber residido en el exterior durante los últimos 6 meses, el Certificado deberá ser otorgado por las autoridades competentes locales del lugar de residencia).
    • Certificado Médico, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
    • Seguro de Salud Internacional (cobertura mínima: 30,000 euros)
    • Una foto carné color, de frente, con fondo claro.

  3. Obtención del contrato de trabajo
    Puesto que no hay en curso ninguna acción de reclutamiento de trabajadores extranjeros para Portugal, la obtención de un contrato de trabajo será posible a través de los contactos privados entre los trabajadores y los empleadores. Para obtener más información acerca de este asunto también puede ponerse en contacto con el Departamento Portugués de Empleo - Instituto de Emprego e Formação Profissional - a través de su portal web http://www.iefp.pt/.

Otros enlaces útiles

 

 


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